Yo me casé y mi marido tenía una casa a su nombre, con hipoteca, la cual la hemos ido pagando, aparte invertimos un dinero cada uno te hicimos un préstamo personal, también hay unos ahorros que van a su nombre sin embargo los hicimos en los 14 años de matrimonio, ahora dice que todo es suyo , que me pertenece?
Gracias por tu comentario Encarna. Tes explico.
1.- Si la vivienda ya era propiedad de tu marido en el momento del matrimonio sigue siendo suya.
2.- La comunidad consorcial (el patrimonio común del matrimonio) tiene una deuda contigo por el 50% de lo pagado al banco por el préstamo hipotecario que también es anterior al matrimonio.
3.- si los créditos los habéis concertado durante el matrimonio y los ha beis invertido en su vivienda privativa, también tiene que reembolsarte la mitad del importe.
4.- Los ahorros que se han generado durante el matrimonio, aunque en la cuenta bancaria solo figuren a su nombre son la mitad de cada uno.
Al momento de liquidar la sociedad consorcial, hay que hacer estos reembolsos y reintegros a los aptrimonios personales. En tu caso, como te he comentado. Si te quedan dudas puedes llamarme por teléfono. (609694923) Un saludo.
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Yo me casé y mi marido tenía una casa a su nombre, con hipoteca, la cual la hemos ido pagando, aparte invertimos un dinero cada uno te hicimos un préstamo personal, también hay unos ahorros que van a su nombre sin embargo los hicimos en los 14 años de matrimonio, ahora dice que todo es suyo , que me pertenece?
Gracias por tu comentario Encarna. Tes explico.
1.- Si la vivienda ya era propiedad de tu marido en el momento del matrimonio sigue siendo suya.
2.- La comunidad consorcial (el patrimonio común del matrimonio) tiene una deuda contigo por el 50% de lo pagado al banco por el préstamo hipotecario que también es anterior al matrimonio.
3.- si los créditos los habéis concertado durante el matrimonio y los ha beis invertido en su vivienda privativa, también tiene que reembolsarte la mitad del importe.
4.- Los ahorros que se han generado durante el matrimonio, aunque en la cuenta bancaria solo figuren a su nombre son la mitad de cada uno.
Al momento de liquidar la sociedad consorcial, hay que hacer estos reembolsos y reintegros a los aptrimonios personales. En tu caso, como te he comentado. Si te quedan dudas puedes llamarme por teléfono. (609694923) Un saludo.